En
anteriores ocasiones deje sentado, que a pesar de haber desempeñado ocasionalmente,
en algún momento de mi vida actuaciones en instrucciones judiciales de lo más
variopinto (desde fallecimientos por accidente o asesinato, averías, baratería,
remolques, robos, salvamentos y un largo etc., que no hacen al caso), éstas
siempre y en todos los casos fueron bajo la atenta supervisión del
correspondiente Auditor del Cuerpo Jurídico. Debiendo aclarar una vez más que
mi formación jurídica especifica es un tanto limitada y consecuentemente la
“constitucionalista” comparada, corre pareja a la anterior.
No obstante a esa carencia de educación específicamente
jurídica, mi formación humano - cívica
me permite distinguir y discernir lo moral o éticamente aceptable, de lo
rechazable, a la vez que por “academicismo” formal, sé de la existencia e
interpretación básica, que en un momento
dado me exigieron, de las distintas leyes y códigos, que dentro de la tradición
del ordenamiento jurídico romano y/o del anglosajón están en uso, y que como
ciudadano libre me afectan. Lo cual a priori me lleva a distinguir perfectamente
el concepto de legalidad e ilegalidad.