jueves, abril 05, 2018

Trescientos años al servicio de la Armada y por consiguiente a España.3ª Parte.




       Los originales y amplios poderes conferidos al cargo de Intendente General, “decayeron” con Patiño, al pasar este a desempeñar la secretaria (Ministerio) de Marina, de ahí que su sustituto D. Pedro Moreno, quedase afecto y dependiente de dicha secretaría y en gran medida recortadas sus atribuciones. Sin menosprecio a la magna obra de D. José Patiño Rosales, ya apuntada, resumiendo y tratando de centrarme en el Cuerpo creado por él y en su evolución hasta el hoy acrisolado “Cuerpo del Sol, como distintivo y divisas sobre fondo blanco”.
       De antiguo y ahora, con motivo de tan feliz efeméride como la celebración de los trescientos años “abundantes” de su nacimiento, en tal estado de lozanía y capacidad de adaptación a través del tiempo y como no, a la era de la cibernética y de las cooperaciones internacionales. Una vez más me niego a mencionar la palabra “guerra”*(30), queriendo quedarme mal que me pese con el término “polémica”, aunque quizás difiera en cierta medida del “uso” con Saralegui*(31), quien lógicamente involucrado directamente e influenciado por la proximidad temporal a la sucesión de hechos y mediado por la “sombra” de L. Salazar*(32), utilice términos más próximos a la palabra por mi proscrita. El uso del término “prepotencia” aplicado por parte del Cuerpo del Ministerio (los de la “pluma”) al entonces incipiente Cuerpo General (los del “sable”), y posteriormente como arma arrojadiza, de los segundos (los del “sable”) sobre los primeros (los de la “pluma”), me llevaron a una profunda reflexión que se retrotrae en el tiempo a tan lejanas fechas como el inicio de la década de los 70s del pasado siglo: humildemente creo y expongo, que los de la “pluma” debido a la deficiente o nula formación de la gran mayoría de los entonces “oficiales de mar”, contemporáneos al nacimiento del cuerpo logístico – administrativo del Ministerio, no poseían atribuciones; poseían todas las atribuciones. Extremo éste que hace lógico que, a priori, según las circunstancias iban cambiando, los “derechos adquiridos” costase perderlos. Pues moviéndome en principio a conceder la máxima honradez a todos y cada uno de los componentes del Cuerpo del Ministerio, desde el punto de vista militar – social, en el “mundo” y sociedad que les rodeaba, según perdían atribuciones profesionales su estatus social se resentía.

      La secuencia que la evolución natural fruto de la “ilustración”, que se manifiesta en la Armada, a través del gran cambio que experimenta el Cuerpo General, en base a la “salida” de las primeras promociones con una sólida formación profesional y científica, en gran medida, cambia una serie de concepciones y conceptos, que procurando la máxima imparcialidad, trataré de exponer y asentar en las sucesivas “Ordenes” que afectan a la “generación” y “trasiego” de las “discutidas atribuciones”. Si bien es cierto que el Cuerpo del Ministerio se concibió como elemento logístico - administrativo, con visos a fomentar la construcción, armado y pertrechado de barcos; el comercio marítimo y comunicaciones entre los puertos; el establecimiento de bases navales con sus correspondientes infraestructuras; servicios de personal a ellos afecto, incluyendo la extensión y apoyo a las zonas costeras dependientes de los Departamentos Marítimos y reales fábricas; no obstante a todo ello, la estructura “comisarial” permanecería presente en el futuro desarrollo. En principio el acceso al Cuerpo se basó en los antiguos veedores, tenedores y contadores de las armadas, pero a su vez integrando personas de reconocida valía y capacidad en el campo de la administración, ya por méritos o por aprendizaje con otros oficiales en desempeño. Como inciso a la acción formativa, compárese a igualdad de periodo temporal, la de los futuros Oficiales del Cuerpo General. Al ser sustituido Patiño por dos secretarios (ministros) del ramo, distinguidos miembros, formados y procedentes del  Cuerpo del Ministerio, D. Jose Campillo Cossio*(33) y D. Zenón de Somodevilla (I Marques de la Ensenada)*(34), las atribuciones de dicho Cuerpo continuaron, sin perjuicio de que  los antagonismos que se establecían entre las discutidas competencias en las Secretarias de Estado (Ministerios), de forma directa afectaban a los rangos inferiores de la Administración y en consecuencia a la Marina.
        Dada la evolución sucintamente expuesta (me permitiría decir “revolución”) que imprimen en lo organizativo y formativo a nuestra Marina los Sres. Patiño, Campillo y Somodevilla (creación y rodaje de dos excelentes Cuerpos Técnicos, con el inminente futuro del de Ingenieros, casi tres), lógicamente las Ordenanzas Generales quedan obsoletas e inoperativas y se procede a la redacción de las de 1748, por el entonces capitán de navío D. Joaquín de Aguirre, donde mal que les pese a los “unos” y a los “otros”, siguiendo la lógica inercia a la que se hace referencia, las demandas organizativas eran otras y éstas estaban avaladas por la formación técnico – académica, quedando anacrónicas las ya referidas de 1725 y las del Almirantazgo de 1737. Ordenanzas éstas a las que los oficiales de la “pluma” se opusieron frontalmente, publicándose solamente los dos primeros volúmenes. Dentro de este mismo contexto debe de situarse la supresión del Almirantazgo, las Ordenanzas de Montes y las de Matriculas de Mar de 1751.
        Con la formalización de la creación del “tercer cuerpo técnico”, el de Ingenieros de Marina en 1770, ordenanzas de Pertrechos de 1772 y la de Arsenales de 1776; concede al nuevo cuerpo de Ingenieros de Marina la competencia sobre puertos, la conservación de los barcos cuando estuviesen en varadero o dique seco, la fundición de metales e incipientes “altos hornos”, elaboración del cáñamo y política de montes. ¿Puede interpretarse este hecho como una afrenta al Cuerpo del Ministerio? A mi forma de ver y entender es la lógica del desarrollo tecnológico adquirido y a la necesidad de dar respuestas técnicas a las cada día más exigentes especificaciones para materiales, pertrechos y armamento. Extremos éstos en los que los oficiales del Cuerpo del Ministerio no hubiesen evolucionado con los tiempos.
        Sin radicalismos a mi concepto, pero sí como un total despropósito, se desvincula el Cuerpo, pasando a depender de la Secretaría de Hacienda en el periodo 1778 a 1802, dotándose de ordenanza propia en 1779. A pesar de lo negativo que fue para la Marina el prescindir de tan eficientes servicios de logística  y administración (cuenta y razón), dicha separación se encubrió como el intento de creación de un sistema de tratamiento unitario de toda la Hacienda a nivel estatal. Esta desvinculación llevó, a que ante la falta de expectativas, algunos oficiales del Cuerpo General, cambiaran el “honorable sable” por la “no menos honorable pluma”. Este hecho se dio tristemente en distintas circunstancias y muchas más veces de las que de desear fuera.
        Por la Constitución de 1812 y dentro de la inestabilidad de la primera mitad del XIX, la decadencia naval y la evolución hacia una nueva Administración, regida bajo el imperio del Derecho, se producen nuevos roces a todos los niveles administrativos, debido a los cambios orgánicos que llevaron a la sustitución de las Secretarías, por el claro concepto de Ministerio con funciones ejecutivas, condicionadas claro está en el periodo absolutista de 1820 – 1823. En esta nueva burocracia, Marina perdía sus competencias en minería, montes y puertos, capacidades transferidas al Ministerio de Fomento, fiscalizando el de Hacienda la financiación y gasto con las nuevas Contadurías y Ordenación de Presupuestos de 1835. Las nuevas Constituciones de 1837 y la de 1845, pasaron sin pena ni gloria para la Marina y consiguientemente, para el Cuerpo del Ministerio.
        En 1825 se crea la nueva Intendencia General de Marina, desarrollada posteriormente por la doctrina de 1828 de la Real Hacienda, normalizando todos los procedimientos, organización de las unidades administrativas periféricas y el nuevo Reglamento del Cuerpo del mismo año 1828. Por Reales Ordenanzas complementarias se regulaba la unidad corporativa en todos sus aspectos; igualdad de Departamentos y un único escalafón de 1835, donde desaparecían los méritos ajenos y comisiones.
       La falta de visión y desidia política de la gran mayoría de los sucesivos gobiernos, “que no gobernaron” en el siglo XIX, llevaron a la Marina a un estado de “franca agonía” y consiguientemente al marasmo de los distintos Cuerpos. Con la separación de “Ultramar” del Ministerio de Marina. Superados los inconvenientes del gobierno Espartero, en 1847 con la creación del Ministerio de Comercio, Industria y Obras Públicas, por Real Decreto de 5 de febrero se suprimía la Secretaría de Marina, Comercio y Gobernación de Ultramar. En la parte dispositiva de dicho R.D. «… Por un concurso de causas que han desaparecido ya en su mayor parte, la gobernación de Ultramar se hallaba hasta ahora a cargo del Ministerio de Marina, y no allí donde se fijaban los buenos principios de gobierno y la unidad y enlace que estrecha todas las partes de la administración pública.…»
         Consecuencia de ello, en el transcurso del primer desempeño del Marques de Molins al frente del Ministerio de Marina, fue la refundación de las Intendencias de 1847 y consiguiente cambio de nombre a Cuerpo Administrativo; nombre adaptado a las nuevas demandas y necesidades, siendo en el consecutivo desempeño ministerial cuando trata de dotar a la Marina de los elementos de los que carecía. Por la Ley Bravo Murillo de Contabilidad de 20 de febrero de 1850, se pretende desligar dentro de lo posible, la técnica administrativa de la política, dándole a la contabilidad pública el real interés que se merece. Con los Presupuestos Generales emanados del Parlamento, queda establecida la contabilidad propia a cada Ministerio, seguida de la contabilidad judicial fiscalizadora de cuentas, por ejercicios económicos. Todas estas sustanciales modificaciones de carácter hacendístico, con el principio de unidad de caja en la Tesorería de 15 de diciembre de 1851. Continuando las iniciativas del Marques de Molíns a finales del XIX, y principios del siglo XX por los ministros de Marina. Primero Ferrandiz, con su conocida como Ley del Ocho y por la crónica oficial de la Armada Española como Maura - Ferrándiz” y posteriormente Miranda con la "Ley Miranda, de 17 de febrero de 1915”, trataron de romper con la “agonía” y “marasmo” en el que se encontraba la Marina y sus Cuerpos, desfasados en los avances que se hubiesen producido, tanto en el concepto de plataformas como de propulsión y armamento. 
         La formación y ascensos a estas alturas de 1847, seguían acordes a las iniciales ya citadas. Consecuencia de las mencionada Ley de 1850, al margen de la reducción de plantilla se desarrolla un nuevo Reglamento, al que sigue el de 1858, con recuperación de plantilla y creación de las Academias Especiales Departamentales de 1861, donde realmente el grado de formación alcanzó elevada calidad formativa e investigadora, con sonados éxitos prácticos en la innovación de la administración naval. Ya con una inicial sólida formación técnica logística - administrativa, se suceden otros muchos cambios con nuevos Reglamentos en: 1862, 1863, 1867, 1869… produciéndose en 1885 el más significativo del siglo XIX, por su total adaptación con la Organización de la Armada del mismo año.
        Las actividades de los Oficiales del Cuerpo a bordo, en circunstancias normales, se circunscribían a las meramente logísticas - administrativas, sin perjuicio que en los zafarranchos de combate se comportasen como un oficial más de la dotación, siendo de destacar las actuaciones de oficiales del Cuerpo en las campañas del Pacifico de 1862 a 1869, donde en aquellos buques ya propulsados a vapor, tenían un amplísimo inventario, al que se unía el carbón, la leña como combustibles y los lubricantes, de difícil e incluso críticos de encontrar y posicionar en el costado, a vertical de gancho, obligando al lógico desarrollo de pliegos de condiciones: de adquisición, inspección y conservación. Sin olvidarnos de un capítulo importantísimo, los víveres, en condiciones muy limitadas de adquisición, almacenamiento y conservación.
       Tras el traumático momento vivido por nuestra última guerra colonial, y como consecuencia directa del “desastre”, en 1909 se produce una centralización con nuevo organigrama y plantilla. Si bien la formación del Cuerpo, a partir de la creación de las Academias Departamentales de 1861, hubiese ganado una considerable formación. En febrero de 1915, ingresa la primera promoción, realmente a considerar “académica”, exigiéndose para su ingreso el tener aprobadas las cuatro asignaturas de la Carrera de Derecho: matemáticas, economía política, derecho político, administrativo y mercantil. Decir, que la gran mayoría de los ingresados en esta época, poseían la licenciatura y un alto porcentaje, el doctorado. Por el correspondiente Real Decreto de diciembre de 1921, para ingresar en el Cuerpo, era preciso ser Licenciado en Derecho, haciéndolo como alférez alumno, tras superar dos semestres formativos y un tercero como oficiales alumnos. Al superar el examen final, eran promovidos a Contadores de Fragata.
        1926 trae nuevo Reglamento y se crea la Escuela de Administración de la Armada, en Cartagena, exigiéndose para el ingreso en ella, la Licenciatura en Derecho. En la dictadura de Primo de Rivera, en 1929 se cambia la denominación, pasando a denominarse Cuerpo de Contaduría e Intervención de la Armada, continuando de hecho su tradicional carácter de cuerpo político – militar. Posteriormente y por corto tiempo se le denominó de Administración, pasando por la ley constitutiva de la armada de 1931, a considerarlo patentado*(35) y militar y denominándose Cuerpo de Intendencia. Siendo la última promoción ingresada con la licenciatura de derecho, la correspondiente al 2 de octubre de 1931. A partir de 1934, las oposiciones convocadas para el Cuerpo, en nada difieren de las homónimas convocadas para el Cuerpo General, siendo el desarrollo formativo idéntico: dos cursos como caballero aspirante, dos como caballero guardiamarina y el último como alférez alumno de Intendencia. Por suerte para nuestra Armada y dentro de las “economías” impuestas a nuestras FF.AA., (a fin de poderlas “derrochar en múltiples alegrías”, incluida la financiación golpista contra la integridad nacional)  dada la especificidad y especialidad que encierra el Cuerpo de Intendencia de la Armada, podrá seguir cumpliendo con su importante cometido, cada día más amplio y valorado dentro del conjunto indisoluble de los tres cuerpos patentados a que hoy quedó reducida la Armada, nuestra Marina.    
          Salvo en nombres específicos, remontarme a “ojerizas”, “rencillas” e insultos, se aparta del rendido homenaje que pretendo prestar a todos y cada uno de los Oficiales que en un lejano, próximo o futuro día, sirvieron, sirven y servirán (utilizo deliberadamente tres tiempos del mismo verbo, del servir) en el honroso Cuerpo, el cual tras distintos avatares y lógica evolución, deparó en el actual de Intendencia de la Armada, identificado por el distintivo de: un Sol (radiante, como el propio Cuerpo y el inestimable servicio que presta) con divisas sobre fondo blanco. Sin perjuicio que por la “titulitis” de la que parece ser hago gala y de la que con cierta frecuencia se me acusa, me hagan distinguir perfectamente a aquellos procedentes del “dedo de la confianza en ellos depositada” y/o de la “formación profesional”, de los procedentes de la reforma de 1861 y por supuesto de las posteriores.
                              Capt. Willie

   (30)Los conflictos inicialmente generados entre los cuerpos del Ministerio y General, y el decantarse de Patiño por los primeros, hay que ubicarlo, y aclarar que, se establecen entre profesionales de la “pluma” y “asimilados” al recién creado Cuerpo General, sin perjuicio que a posteriori y quizás por inercia y “poner cuenta y razón” a las en algunos casos “cuentas sin razón” continuasen, llevándonos a lo que para algunos se conoció como la guerra de la “pluma” y el “sable”. Guerra, que de haber existido fue la de la inercia, contra la razón. El Cuerpo del Ministerio siguió siendo durante muchos años “dedocrático” y de “formación Profesional” y el General de Academia con sólida formación técnico – científica.
   (31) Saralegui y Medina, Leandro (Tuy 1839 – Ferol 1910) Intendente General de Marina desde 1892, hasta su paso a reserva en 1903. “Historia del Cuerpo Administrativo de la Armada”, Ferrol 1867, distintas referencias y extractos.

   (32) Aristócrata y “meritócrata” a partes iguales. “Nepote” de su pariente D. José de Mazarredo, permaneció como guardiamarina once meses escasos, de los cuales en la compañía – academia, no llegó a las dos semanas, embarcó para campaña y a su regreso obtuvo la patente de Oficial del Cuerpo General. Por su proximidad a la corte y a sus “milagros”, obtuvo su ascenso a capitán de navío por la “gloriosa gesta”, de haber asistido en Barcelona al enlace del príncipe de Asturias con la princesa María Antonia de Nápoles. Su carrera fue meteórica, pero nunca alcanzó a mandar buque alguno. En 1803 tomo posesión de la intendencia del departamento de Ferrol, según afirmación de su pariente Navarrete (a quien toda su vida trató de imitar, eso, imitar, no emular) «era una de las salidas de costumbre para los oficiales mayores de la Secretaría». Dejando así de figurar en las listas oficiales del Cuerpo General y pasar a engrosar las del Cuerpo del Ministerio. Este personaje, creo es el único elemento que consigue separarme totalmente del excelso D. Cesario. Incluso opino que D. Julio Guillén, se quedó corto en sus apreciaciones.
   (33) Campillo Cossio, José. (Alles – Peñamellera Alta, 13.02.1693 – 11.04.1743). A su regreso a España desde su anterior destino en Veracruz y la Habana, en su estancia en el Real Astillero de Guarnizo, ante el orden que impuso, fue denunciado como hereje al Santo Oficio, por un antiguo capellán analfabeto. Su “delito consistía en la lectura de libros prohibidos”, que resultaron ser de carácter administrativo en idioma francés. Ocupó entre otros el cargo de: intendente general de marina, capitán general Honorifico, secretario de Estado de Hacienda, Marina, Guerra e Indias, consejero de Estado y lugarteniente del Almirantazgo.
    (34) Somodevilla Bengoechea, Zenón. (Hervías 20.04.1702 – Medina del Campo 02.12.1781) I marqués de la Ensenada, pertenece por derecho propio a los políticos ilustrados, entre otros ocupó los cargos de: secretario de Hacienda, Guerra y Marina e Indias, superintendente general de Rentas, lugarteniente general del Almirantazgo, secretario de Estado. Fue un fiel consejero de estado en tres sucesivos reinados: Felipe V, Fernando VI y Carlos III. A todas luces fue el promotor, impulsor y ejecutor de la operación secreta llevada a cabo contra los Gitanos españoles peninsulares. La “gran redada” del 30 de julio de 1749 se ejecutó bajo su directa supervisión, no distinguiendo edades ni sexos. Les confiscó todos sus bienes y los condujo a trabajos forzados en Reales arsenales y fábricas. Esta criminal acción finalizó en 1763.
    (35) Se entiende por Cuerpo Patentado, a aquellos cuerpos de la Armada, en los cuales el primer nombramiento tiene que ser expedido con la firma del Jefe del Estado y del ministro del ramo. En el caso del Cuerpo General, el inferior patente es el de Alférez de Navío, en el resto de los cuerpos el de Teniente del cuerpo al que pertenezca, actualmente Intendencia e Infantería de Marina.















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